LA LEY SANCIONA A SACERDOTES QUE HAGAN PROSELITISMO
Por Agencias, 28/03/2024 22:03
La Constitución Mexicana establece garantizar un Estado laico, por lo que los sacerdotes y ministros de culto no pueden hacer proselitismo político
Durante las campañas electorales los partidos políticos suelen agarrarse de algunos elementos como símbolos religiosos para hacer el llamado al voto, incluso, algunos sacerdotes, líderes o ministros de culto llaman a los integrantes de sus congregaciones a votar por algún candidato o candidata, sin embargo, esto puede ser causante de la nulidad en las elecciones.
En México, se llevarán a cabo las elecciones más grandes en la historia del país , por lo que es necesario conocer qué dice la legislación mexicana en este tipo de casos y qué procesos sancionadores se aplican.
Christian Yair Aldrete Acuña, licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Zacatecas, explica que se debe partir de que a pesar de que en México se habla de una separación Iglesia-Estado, debe entenderse que lo que se puede separar es lo que es “medianamente igual”, sin embargo, debe entenderse que el Estado sí está por encima de lo religioso.
“Hay una superponderación del Estado, de la cosa pública, por sobre la actividad religiosa. Entendido esto, debe aceptarse que la Iglesia no se meta en cosas de la cosa pública, del interés público, estrictamente en materia política”, explica.
Esto derivó de la Constitución Mexicana en donde se determinó que la Iglesia ya no tuviera injerencia, (como muchos años la tuvo), dentro de la vida política del país.
“Es decir, ¿sabes qué? Religión, te secularizamos, tú no vas a conocer nada de la cosa política, te dejamos tu libertad de expresión, tu libertad de cultos, y hay adeptos a tu religión, va bien, cualquiera que ella sea, pero no te vas a meter en cuestiones del Estado”, explicó en entrevista con Expansión Política.
Con este precedente, el profesor en la Facultad de Derecho, en la Universidad Autónoma del Estado de México, explicó que los sacerdotes o líderes religiosos que llamen a votar por un candidato o fuerza política en particular violan la Constitución mexicana, el eje angular de las leyes del país.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determina que sí está prohibido que un párroco, sacerdote o ministro de culto se meta en cuestiones proselitistas, lo que implica una violación a la normativa electoral y Constitucional.